El personero de los estudiantes

El personero de los estudiantes

I.E. LAS ACACIAS – SAN JOSÉ DEL GUAVIARE, GUAVIARE

Es un alumno que cursa el último grado que ofrezca la institución, en nuestro caso grado 11º, encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en constitución nacional, las leyes, los reglamentos y el manual de convivencia.

FUNCIONES DEL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES

  • Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá hacer uso de los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación.
  • Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad educativa sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.
  • Presentar ante el director las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesario para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.
  • Cuando lo considere necesario, apelar ante consejo directo o el organismo que haga las veces, las decisiones del director respecto de las peticiones presentadas por su intermedio.
  • Participar en el análisis de casos de incumplimiento de deberes y compromisos y demás que la institución considere pertinente.

ELECCION DEL PERSONERO

El personero de los estudiantes será elegido dentro de los treinta (30) días calendario siguiente a los de la iniciación de clases para un periodo lectivo anual. Para tal efecto el director convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple mediante voto secreto, teniendo en cuenta el siguiente proceso:

  • Etapa de fundamentación: primera semana
  • Etapa de motivación: primera y segunda semana
  • Etapa de difusión, concientización e inscripción de candidatos: tercera semana
  • Etapa de elección: cuarta semana del mes

CONSEJO ELECTORAL

Se creará un consejo electoral conformado por el director, dos docentes elegidos por el consejo académico, un alumno delegado por cada uno de los candidatos, dos padres de familia.

INSCRIPCION DE CANDIDATOS

La inscripción de los candidatos se hará ante el director o secretario encargado como presidente del consejo electoral, la cual deberá llevar el lema y la propuesta de gobierno.

PARAGRAFO. El estudiante que se inscriba como candidato debe reunir los siguientes requisitos:

  • No haber suspendido las labores académicas el año anterior
  • Haber cursado como mínimo el grado anterior en este establecimiento

EJERCICIO DEL CARGO

El personero estudiantil no puede ejercer el cargo de representante de los estudiantes ante el consejo directivo.

ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR

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